Jueves, 22 de junio de 2006
Eso es lo que sucederá tras la tipificación como delito penado con cárcel para excesos de velocidad superiores a 40 kilómetros por hora en ciudad y 70 por hora en vías interurbanas.
Según el recuento de multas del año pasado, más de 80.000 personas irían a la cárcel siguiendo esta nueva norma. Por velocidad serían unos 7.700, por tasa de alcohol 19.000 y por conducir sin carnet o con él suspendido más de 59.000 (me quedo asombrado ante esta última cifra).
Aguilar (...) precisó que tipificar como delito estos supuestos no quiere decir que siempre se vaya a ingresar en prisión, sino que se trata de reeducar al conductor condenado y «garantizar la no reincidencia» y que «el Código de la Circulación se tome en serio». Noticia de El Mundo
O sea, que además se va a aplicar la norma arbitrariamente. No hay algo más peligroso que una ley arbitraria que el gobernante de turno pueda aplicar a su antojo.
La cárcel es un asunto muy serio y sólo se debería privar a alguien de su libertad en tanto que haya hecho algún daño a otro. Opino que mientras no se provoque ningún accidente con daños a otras personas, estas conductas están suficientemente castigadas con las multas, las retiradas de carnet y ahora el carnet por puntos.
Sería más partidario de endurecer penas a los que hayan provocado un accidente, que no de aplicar penas preventivas. Porque, ya puestos a prevenir, ¿por qué en ciudad se va a la cárcel a 90 y no a 70 o a 51 km/h?
De momento, los puntos negros siguen sin estar señalizados. No veo que haya penas de cárcel para los que permiten que los puntos negros sigan siendolo.
Actualización 24-junio: 720 euros de multa por invadir el carril contrario, matar a seis personas y darse a la fuga. Éste sí que merece cárcel y no alguien que, aun circulando rápido, no hace daño a nadie.
Por no hablar de Farruquito...
Más referencias:
Más noticias sobre tráfico y la DGT actualizadas a diario.
Dibujo de la persona en la cárcel por Rufo_83.
Foto de la multa por cafeina.
Por: pululante | Pataleo | Comentarios (1) | Referencias (0)
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PUTO | 15-11-2006 15:02:36
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